Preguntas frecuentes
El Corredor Público es un auxiliar del comercio que brinda a las pequeñas, medianas y grandes empresas servicios jurídicos para agilizar y dar certeza en sus negocios comerciales. Su función básica es garantizar la seguridad y certeza jurídica, ejerciendo un control de legalidad en las transacciones comerciales, brindando un asesoramiento profesional e imparcial con la obligación de guardar el secreto profesional que le impone la Ley, lo que representa un elemento de confianza para quienes utilizan sus servicios.
La actuación del Corredor Público se circunscribe a lo siguiente:
- Agente mediador: transmite e intercambia propuestas entre dos o más partes y asesora en la celebración o ajuste de cualquier contrato o convenio de naturaleza mercantil.
- Perito valuador: estima, cuantifica y valora los bienes, servicios, derechos y obligaciones que se sometan a su consideración, por nombramiento privado o por mandato de autoridad competente.
- Asesor jurídico: asesora jurídicamente a los comerciantes en las actividades propias del comercio, con un alto sentido de responsabilidad y ética profesional.
- Árbitro: actúa a solicitud de las partes, en la solución de controversias derivadas de actos, contratos o convenios de naturaleza mercantil, así como las que resulten entre proveedores y consumidores, brindando solución a los conflictos comerciales mediante un proceso rápido, económico y equitativo.
- Fedatario público: actúa como fedatario público para hacer constar los contratos, convenios y actos jurídicos de naturaleza mercantil, excepto tratándose de inmuebles, así como en la emisión de obligaciones y otros títulos valor, así como para hacer constar los hechos de naturaleza mercantil. Asimismo, actúa como fedatario en los demás actos previstos por la Ley General de Sociedades Mercantiles, incluso aquellos en los que se haga constar la representación orgánica.
- Asesoría jurídica personal por parte del Corredor Público respecto del asunto de interés.
- Agiliza las transacciones comerciales por sus amplios conocimientos y experiencia en la materia mercantil.
- Protege los intereses de sus clientes debido a que el Corredor otorga una garantía para responder al debido ejercicio de sus funciones.
- Es imparcial en todos los negocios en los cuales interviene y está obligado a guardar secreto profesional.
- Garantía de Valor jurídico, debido a que las actas y pólizas otorgadas por los Corredores, son instrumentos públicos.
- Puede pactar libremente el monto de sus honorarios con sus clientes, lo que permite lograr el mejor acuerdo para ambas partes.
El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Economía, otorga el título de habilitación de Corredor Público a los Licenciados en Derecho que hayan cubierto los requisitos legales, ejerciendo las funciones establecidas por la Ley Federal de Correduría Pública y su Reglamento.
Para los efectos de la Ley Federal de Correduría Pública el territorio nacional se divide en Plazas, una por cada Estado y otra por la Ciudad de México.
Los Corredores Públicos podrán ejercer sus funciones como agente mediador, perito valuador, asesor jurídico y árbitro en toda la República Mexicana. Cuando actúen como fedatarios públicos lo podrán hacer únicamente dentro de la Plaza para la que fueron habilitados, aunque los actos que se celebren ante su fe podrán referirse a cualquier otro lugar.
